Fuente: La República
Ítalo Quispe Pérez

La triste realidad es que la firma de una agenda mínima no es legalmente vinculante. Su firma y posterior traición a lo estipulado en dicho documento no es punible judicialmente. Y, precisamente, se acusa a estos candidatos de poseer una doble moral y un discurso camaleónico.


El gobierno en manos de una organización criminal liderada por Keiko Fujimori o en manos de un grupo terrorista liderado por Pedro Castillo asustan a unos y otros grupos sociales en el país. Al margen de que el primer caso se trata de una conclusión de investigación fiscal, mientras que el segundo parece parte del fenómeno del “terruqueo”, lo cierto es que ambos grupos políticos no generan confianza plena, tal como lo demuestra el ínfimo porcentaje de votos con los que han pasado a la segunda vuelta electoral.

En ese sentido, han aparecido voces que exigen la firma de una agenda mínima. ¿Qué es esta? ¿Tiene utilidad legal? Y de no ser el caso, entonces, ¿cuál es su utilidad o su validez?

Una agenda mínima es un documento que declara o anuncia un respeto explícito al objeto en cuestión. En este caso, el objeto en cuestión sería el respeto a la Constitución o el respeto a las reglas democráticas que guían un posible cambio de aquella, y la garantía de gobernabilidad, entre otros temas esenciales que la sociedad civil exija.

La existencia de una agenda mínima es indicador de que ciertos grupos sociales, por encima de las simpatías partidarias, entiende que existen requisitos fundamentales para que el juego político se mantenga. Ambos candidatos son vistos, pues, como predispuestos a “romper el tablero de juego”.

Si bien es una idea negativa, ha generado cierto acuerdo ciudadano sobre la necesidad de conocer de antemano, públicamente, hasta dónde los candidatos están dispuestos a ceder en su discurso y en sus planes, para lograr consensos.


La triste realidad es que la firma de una agenda mínima no es legalmente vinculante. Su firma y posterior traición a lo estipulado en dicho documento no es punible judicialmente. Y, precisamente, se acusa a estos candidatos de poseer una doble moral y un discurso camaleónico, lo que no garantiza que la firma de la agenda mínima no represente sino una estrategia en el camino hacia el poder.

Fuente: CIPER Chile

Aun con todo, debe firmarse. La publicidad de las intenciones, aunque no garantizadas, ofrecen a la ciudadanía un criterio objetivo con el cual, luego, evaluar las acciones de un eventual gobierno. Por ejemplo, una agenda que incluya el respeto a los Derechos Humanos, el respeto por la Consulta Previa, el respeto a las minorías y la continuidad de una educación con enfoque de género constituye un compromiso fácilmente evaluable.

Quizás la ciudadanía de hoy, polarizada y atomizada, no cuenta con capacidad de organización sino para responder a acciones concretas (que bien que eso existe, por lo menos), pero la vigilancia a razón del voto emitido será más sencillo si comprendemos qué es aquello de mínimo que esperamos de un gobierno, sea de derecha o de izquierda.

Es decir, tareas y principios a los que no estamos dispuestos a renunciar y por los que, aún con el miedo en el brazo, hemos marcado una u otra opción con el compromiso de criticar cuando el gobierno atente contra las razones positivas por las que fue elegido.

Los que no marcaremos en blanco o viciado, por estas estas horas, solo eso tenemos.

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